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Acusación Penal Denuncias y Querellas

Si has sido víctima o perjudicado de un hecho ilícito, ponte en contacto con nosotros, pues nuestra experiencia como abogados penalistas nos permite ofrecerte grandes garantías de éxito en la acusación que entablemos para hacer valer tus derechos.

Para ello, y previo estudio del supuesto planteado, el tipo de delito ante el que nos encontramos, las circunstancias a tener en cuenta y demás requisitos establecido en la Ley, iniciaremos nuestra acusación mediante la correspondiente querella o denuncia según los casos, siempre informándote y asesorándote de lo que supone en cada caso uno de estos instrumentos.

Por querella, debe saber que es la declaración que una persona efectúa por escrito para poner en conocimiento del Juez unos hechos que cree que presentan las características de delito. Con ella solicitamos la apertura de una causa criminal en la que se investigará la comisión del presunto delito, constituyéndonos como parte acusadora en el mismo.

Con la querella, podremos denunciar tanto delitos públicos como privados. Los delitos públicos son aquellos que se persiguen de oficio. Para el seguimiento de los delitos privados (por ejemplo, las injurias y calumnias) será necesario que presentemos una querella en la que el afectado manifieste su voluntad de ser parte acusadora en el procedimiento penal.

Cualquier ciudadano español independientemente de que haya sido o no ofendido por el delito, puede presentar querella cuando conoce de la comisión de un delito. Por el contrario, los extranjeros sólo podrán querellarse si son directamente ofendidos por el mismo.

Para la presentación de querella, es necesario que cuentes con la asistencia jurídica de Abogado y la representación de Procurador, así como cumplir con otras formalidades de las que nos ocuparemos durante la tramitación del procedimiento.

Otro de los requisitos a tener en cuenta, es que cuando el que presenta la querella no es el perjudicado por el delito, sus herederos o representante legal o, en el supuesto de homicidios o asesinatos, el viudo o la viuda, y los parientes ascendientes y descendientes consanguíneos o afines de la víctima hasta el segundo grado, deberá prestar fianza para cubrir los gastos del juicio.

En el caso de los extranjeros, únicamente quedarán exentos de presentar fianza si así se contempla en algún tratado internacional que les sea de aplicación o por el régimen de reciprocidad con el país de origen del extranjero.

En otras ocasiones, la declaración que se efectúa para poner en conocimiento del Juez, Ministerio Fiscal o la policía, unos hechos que se consideran constitutivos de un delito será la Denuncia.

En este caso, el denunciante no interviene personalmente como parte acusadora en el desarrollo del proceso penal, siendo los delitos objeto de denuncia públicos, o privados, si bien éstos sólo podrán ser perseguidos si la denuncia es presentada por los sujetos determinados por la ley. En estos casos, no es necesaria la prestación de fianza, ni la intervención de abogado ni procurador, si bien le aconsejamos que dada la complejidad de la materia, del procedimiento, plazos, estrategias jurídicas…la mejor opción es contar con un abogado especializado que pueda atender a todo de manera óptima a todo este ámbito, lo que le dará la seguridad y tranquilidad necesaria y las mayores garantías.

Además debe saber que la formulación de denuncia se configura como una obligación de toda persona, y en especiales:

-De quiénes presencien los hechos delictivos.

-Los que conozcan los hechos por el cargo, la profesión o el oficio que desempeñan.

-Los que tengan conocimiento de la existencia de un delito.

Dentro de esto, quedan exentos de denunciar, aunque si quieren pueden hacerlo, el cónyuge del delincuente, o familiar vinculado de forma directa, abogados y procuradores de las manifestaciones que reciba de su cliente…

Ponte en contacto lo antes posible y te aconsejaremos según los casos y especialidades que establece la ley cual es el procedimiento adecuado a seguir y la manera de formular tu denuncia ante el hecho ilícito por el que ha sido ofendido.

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