La principal vía por la cual un extranjero, que se encuentran inmersos e integrados en nuestra sociedad, es decir que de facto, se encuentran en España, solicita su autorización de residencia temporal es por arraigo social o laboral. Para ello se deben cumplir una serie de requisitos impuestos por la Ley Orgánica 4/2000, es por ello de suma importancia determinar qué se entiendo por arraigo y cómo y cuándo se puede solicitar el permiso de residencia por estas circunstancias excepcionales.
Se debe tener en cuenta que el extranjero debe haber permanecido en España durante al menos tres años de forma continuada, por lo que las ausencias de España durante este período no pueden ser superior a los 120 días, no tener antecedentes penales, tener un contrato de trabajo firmado y acrediten sus vínculos familiares con otros extranjeros residentes o concesión de un informe emitido por el ayuntamiento donde tenga su domicilio habitual que accredite su inserción social.
La particularidad es que el procedimiento de realización se efectuará en España, sin necesidad de salir a su país de origen, ni solicitud de visado previo. Además de ello, Concurriendo tales requisitos el extranjero podrá solicitar una autorización de residencia de trabajo sin que se le tenga en cuenta la situación nacional de empleo, es decir, se va a poder obtener una autorización de residencia y de trabajo, sin tener en cuenta a otros españoles o extranjeros en situación de desempleo en España que pudieran estar interesados en ocupar esos puestos de trabajo que se ofrecen a los ciudadanos extranjeros que se acogen a esta fórmula de arraigo social.
Es imprescindible para solicitar tal autorización demostrar la permanencia continuada en España durante tres años, para ello, es fundamental aportar documentación que acredite tal extremo, es esencial, el pasaporte con el sello de entrada a nuestro país, billetes de avión, contratos bancarios con movimientos, empadronamiento, hospitalización, consulta médica, etc.
Si estás interesado en solicitar una autorización de residencia por arraigo social o laboral, deberás informarte cautelosamente de todos los requisitos, documentación y procedimiento a seguir, para poder alcanzar la concesión de dicha autorización. En nuestro despacho despacho de abogados en Murcia, te ofrecemos un asesoramiento integral de tu caso de forma individual, e iniciar los trámites necesarios para alcanzar dicha autorización.
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