Inscripción en el Registro Central de Extranjeros
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Si eres ciudadano de un país miembro de la Unión Europa o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza, y vas a residir en España por un tiempo superior a tres meses, deberás solicitar personalmente tu inscripción en el Registro Central de Extranjeros, que se realizará en la Oficina de Extranjeros de la provincia donde pretendan permanecer o fijar su residencia o, en su defecto, ante la Comisaría de Policía correspondiente. Dicha solicitud deberás presentarla en el plazo de tres meses desde la fecha de entrada en España, siéndole expedido de forma inmediata un certificado de registro en el que constará el nombre, nacionalidad y domicilio de la persona registrada, su número de identidad de extranjero, y la fecha de registro.
Por lo que desde nuestro despacho te ofrecemos un asesoramiento íntegro sobre todos los extremos que debes conocer para el procedimiento de inscripción, y nos encargaremos de la tramitación de tu inscripción.
En todo caso es necesario conocer previamente los documentos que necesitarás, y los requisitos que tales deben cumplir para poder presentarlos, así como los requisitos que debe cumplir dicho ciudadano extranjero para solicitar su Inscripción, pues deben concurrir determinadas circunstancias que le habiliten para ello. Por tal motivo, es imprescindible tener conocimiento de todos estos puntos, y desde Acc Legal ponemos a su disposición nuestro asesoramiento profesional a fin de que alcance su inscripción en el Registro Central de Extranjeros, y cuáles son las consecuencias de dicha inscripción.
No dudes solicitar una cita con nuestro equipo que te aporte una correcta información sobre el trámite, indicándote las posibilidades y plazos y duración del dicho procedimiento.
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