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Matrimonio con extranjero

La celebración del matrimonio siempre es un paso importante y decisivo, pero además deberás tener en cuenta que si estás pensando en casarte en España deberás tener en cuenta los documentación y trámites que deberás seguir a fin de poder contraer matrimonio.

En ACC LEGAL ABOGADOS, te ayudamos y asesoramos en la tramitación para la celebración de matrimonios entre ciudadano español y extranjero no comunitario, así como con ciudadano comunitario e incluso entre ciudadanos comunitarios no españoles (por ejemplo dos ciudadanos ingleses que deseen contraer matrimonio en nuestro país). Por lo que podremos ayudarte en la tramitación y gestión del expediente del matrimonio, así como con la documentación y requisitos necesarios para que puedas celebrar tu matrimonio en nuestro país.

Por tanto, si estás pensando en contraer matrimonio con un ciudadano extranjero deberás conocer los requisitos e imposiciones que nuestro ordenamiento jurídico recoge. Se trata principalmente de un procedimiento administrativo que puede resultar farragoso por la documentación necesaria, por lo que puedes ponerte en contacto con nuestro equipo a fin de valorar tu situación, así como asesorarte sobre los trámites necesarios y la documentación requerida.

En primer lugar, se debes tener en cuenta que cuando hablamos de matrimonio entre español y ciudadano extranjero en general nos referimos a dos sujetos ambos solteros que deciden contraer matrimonio en España.

La particularidad de estos supuestos de matrimonios mixtos radica en la necesidad de tramitar un expediente previo antes de la celebración, se trata de un trámite previo y de carácter obligatorio que tiene como finalidad que el juez competente determine que ambos futuros contrayentes tienen capacidad suficiente para contraer matrimonio. Dicho expediente previo se tramitará en el Registro Civil del domicilio de cualquiera de los interesados.

Se deben tener en cuenta todos los documentos necesarios que se deben aportar al Registro Civil a fin de tramitar dicho expediente, los documentos extranjeros deberán estar traducidos al castellano y convenientemente legalizados.

Una vez presentado el expediente al Registro civil se te asignará un día para comparecer a una audiencia reserva, se trata de una entrevista con el encargado del registro civil para que este cerciore que no existe una voluntad viciada por parte de ninguno de los cónyuges, y tras la superación de dicha entrevista, y la publicación de edictos, y revisión del expediente por parte del Ministerio Fiscal, se dictará Auto por el Juez aprobando el matrimonio que será notificado a los interesados y se fijará fecha para la boda.

Tras la celebración del matrimonio, se otorgará a los cónyuges el libro de familia así como certificación literal del matrimonio, y desde ese momento el cónyuge extranjero se convierte en familiar de un ciudadano comunitario (en caso de que no lo sea ya el otro cónyuge), por lo tanto con derecho a residencia en España en régimen comunitario.

En ACC LEGAL ABOGADOS, te resolveremos todas las dudas que pudieras tener para celebrar en España matrimonio con un ciudadano no español, y tramitaremos el procedimiento necesario para conseguirlo hasta su culminación.

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