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Reclamación de Deudas

Hoy en día y debido a la fuerte crisis en la que nos vemos inmersos, son muchos los empresarios y particulares que han dado por perdido el cobro de créditos a los que tienen derecho, debido a la creencia de que el proceso de reclamación será largo y pesado, y a la falta de recursos necesarios para proceder a ello.

Sin embargo, si te encuentras en esta situación en la que tiene pendiente el cobro de un crédito  al que el deudor no hace frente, te ayudaremos a reclamar con éxito tu deuda impagada, pues son numerosos los casos que hemos trabajado en este ámbito alcanzando resultados favorables. Para ello, atenderemos al tipo de deuda del que se trate, te haremos una previa valoración sobre las garantías de éxito y trabajaremos para que obtengas el cobro de la deuda a la mayor brevedad posible.

Igualmente, somos expertos en la defensa jurídica de nuestros clientes cuando éstos resultan demandados o reclamados por el pago de una deuda, estudiando los motivos que hacen  que no proceda al pago, la fecha de la deuda y otros elementos que pueden entrañar una disminución, negociación o aplazamiento del pago de la misma según los casos. Nuestra experiencia en este campo abarca la reclamación de todo tipo de deudas, como  deudas mercantiles, contratos incumplidos, pensiones de alimentos impagadas, facturas, indemnizaciones no cobradas, cuotas de comunidad impagadas, cheques o pagarés no cobrados por encontrarse sin fondos, reclamación de rentas, etc.

Las opciones son diferentes según los casos, por lo que si usted tiene una deuda pendiente de pago, o si tiene un crédito a su favor al que el deudor no hace frente, lo mejor es que se ponga en contacto con nuestro equipo de profesionales expertos en la materia que le informará de cómo proceder.

Gestionaremos todo el procedimiento de cobro de la deuda, desde la reclamación previa en vía amistosa que siempre es conveniente hacer, (pues téngase en cuenta que en ocasiones la reclamación extrajudicial efectuada de manera fehaciente con membrete de abogado comunicándole la situación de una manera solemne, puede hacer que el deudor pague de manera voluntaria evitando el posible juicio), hasta el ejercicio que corresponda en la vía jurisdiccional.

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