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¿Tienes una casa alquilada y el inquilino no te paga?

¿Tienes una casa alquilada y el inquilino no te paga?

 

Si tienes una casa alquilada y los inquilinos no te pagan puedes demandar tras el primer impago sin necesidad de que se acumulen más impagos.

Es aconsejable que se intente logra un acuerdo por la vía amistosa (pero demostrable). Es decir debemos realizar el envió por los siguientes medios:

-El burofax al domicilio de la vivienda alquilada a través de correos con acuse de recibo y certificación del contenido.

-El telegrama con los mismos requisitos.

-El aviso por vía notarial.

Pasado el plazo acordado en el aviso, al no llegar acuerdo alguno se podría iniciar el procedimiento judicial de reclamación. En este proceso se van a pedir dos cosas:

-Que se pague la deuda.

-Que se desahucie al inquilino si no paga.

En este caso es necesario abogado y procurador, las principales características para inquilinos que no pagan serían:

-Demanda al inquilino en los juzgados de 1ª instancia.

-El juzgado notificara en el domicilio de la vivienda.

-El inquilino podría pagar la deuda en cualquier momento antes de la vista del juicio.

Si el inquilino no abona la deuda, se realizara la averiguación patrimonial del mismo para el embargo de las cantidades que pueda cubrir la deuda, más los intereses demora que se generen y las costas del procedimiento. Además se procederá al desahucio del inquilino señalándole el propio juzgado una fecha en la que acudirán el abogado y el oficial del juzgado. Si el inquilino no se marcha voluntariamente se hará un segundo intento al que se acudirá con la fuerza pública.

 

 

 

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