Cajamar, BBVA y Popular fueron condenados por la Sentencia del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2013 a devolver lo pagado de más por clausula suelo a sus clientes, pero solo a partir de dicha fecha y ese es el argumento que utilizan para negarse ahora a devolver, tras la Sentencia del Tribunal Europeo, que establece la devolución desde el inicio del préstamo.
El argumento de dichas entidades consiste en entender que existe cosa juzgada, es decir, que no se puede volver a juzgar por lo mismo, y entienden que como el Tribunal Supremo ya dictó sentencia condenando a pagar desde mayo de 2013, ahora no se les puede volver a juzgar.
Pero es nuestra opinión que no existe la cosa juzgada, y por tanto, los bancos deberán de pagar la totalidad de lo indebidamente cobrado, desde el principio. Y así lo están entendiendo los Tribunales, existiendo ya varios pronunciamientos que desestiman la cosa juzgada, y condenan a dichos bancos al pago del importe total de lo cobrado indebidamente en aplicación de las cláusulas suelo, sin limitación temporal alguna, aplicando la sentencia del Tribunal Europeo.
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