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¿Qué es la custodia compartida?

¿Qué es la custodia compartida?

La custodia compartida es una forma de regulación de la relación entre los padres y sus hijos como consecuencia de la ruptura matrimonial o de la convivencia. Para poder acogerse a este régimen no es necesario que los padres hayan contraído matrimonio.

En el año 2005 se introdujo la custodia compartida en nuestro código civil con el propósito de que cada progenitor pueda alcanzar una relación de igualdad con sus hijos. Y aunque en muy pocas ocasiones se adopta esta medida, por suerte, esta situación está cambiando desde que el Tribunal Supremo viene expresando desde el año 2013 su postura favorable a este tipo de régimen, considerándolo como “normal e incluso deseable”, siempre que la situación lo permita.

Requisitos de la custodia compartida

Para poder acogerse a la custodia compartida, es necesario que la pareja cumpla con ciertos requisitos:

  • Además de que los padres se encuentren capacitados para ejercer la guarda y custodia, también debe existir “diálogo y comunicación” entre ellos.
  • Cada progenitor debe cumplir con sus deberes y obligaciones.
  • La predisposición de ambos progenitores ante esta nueva situación es un requisito indispensable para solicitar la custodia compartida, debiendo existir colaboración y una buena relación entre ellos.
  • Ambos progenitores deben tener una vivienda estable.
  • A parir de los 12 años de edad, debe tenerse en cuenta el interés o deseo del menor de querer vivir con ambos progenitores de igual manera.

Tipos de custodia compartida

Custodia compartida según el domicilio

Dependiendo del domicilio en el que vayan a vivir los hijos, podemos diferenciar entre:

  • Custodia compartida con domicilio fijo de los hijos. En este caso, los hijos permanecen fijos en su domicilio, siendo los padres los que van cambiando según el periodo que les corresponda.
  • Custodia compartida con domicilio rotatorio de los hijos. Cada progenitor cuenta con una vivienda estable y son los hijos los que van y vienen según les corresponda.
  • Custodia compartida coexistente. En este caso, tanto los padres como los hijos, conviven en la misma vivienda.
Custodia compartida según el tiempo de permanencia

Dependiendo del periodo de tiempo que permanezcan los hijos con los padres, podemos diferenciar entre:

  • Custodia compartida por igual periodo de permanencia. Ambos progenitores conviven durante el mismo periodo de tiempo con los hijos.
  • Custodia compartida por diferente periodo de permanencia. Uno de los progenitores convive con los hijos más tiempo que el otro.

Convenio regulador 

Cuando se ha tomado la decisión de poner fin a la relación sentimental, ya sea mediante separación o divorcio, la pareja tiene que establecer por escrito las condiciones relativas a lo que tuvieran en común. Es lo que se conoce como convenio regulador, que sirve para formalizar el régimen en el que se queda el ex matrimonio y la forma de ejercer la custodia compartida.

Para que el convenio regulador de la custodia compartida sea aceptado por el juez, este debe contener los siguientes elementos:

  • Ejercicio de la patria potestad de los hijos, y el régimen de comunicación y estancia de los progenitores.
  • Régimen de visitas de los abuelos y otros familiares, teniendo siempre en cuenta, el interés del mejor.
  • La atribución del uso de la vivienda conyugal y el ajuar familiar.
  • La contribución a las cargas del matrimonio y alimentos.
  • Si la pareja había contraído matrimonio, la forma de liquidación del régimen económico.
  • En el caso de ser necesario, la pensión alimenticia que corresponda para uno de los cónyuges.

Pensiones en custodia compartida

Si uno de los cónyuges tuviera un desequilibrio económico, en relación con la posición del otro, que implique un empeoramiento en su situación anterior en el matrimonio, tendrá derecho a una compensación que podrá consistir en una pensión temporal o por tiempo indefinido, o en una prestación única, según lo determine el convenio regulador o la sentencia.

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