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Tramitar una herencia

Tramitar una herencia

Muchas de las visitas que recibimos en nuestro despacho de abogados en Murcia capital se deben a clientes que desean tramitar una herencia como consecuencia del fallecimiento de un familiar. Por ello, hoy queremos hablar sobre la tramitación que sigue una herencia.

Pasos a seguir para tramitar una herencia

Tras el fallecimiento de una persona, sus bienes y derechos se transmiten a los herederos correspondientes. Este proceso se inicia mediante la obtención del certificado de defunción y termina con la entrega de bienes.

Antes de continuar, es importante diferenciar entre los dos tipos de sucesiones que existen:

  • Testamentaria. Antes del fallecimiento y a través del testamento, la persona reparte sus bienes y derechos (de forma total o parcial) para que sean recibidos por sus legatarios después de su muerte.
  • Abintestato. En este caso no hay testamento (o se declara nulo). Los parientes más cercanos serán llamados a heredar y será obligatorio realizar la Declaración de Herederos.

Documentos necesarios para tramitar una herencia

Certificado de Defunción 

En primer lugar, será necesario disponer del certificado de defunción. Este se obtiene acudiendo personalmente al Registro Civil donde esté inscrito el fallecimiento. También puede solicitarse por vía postal y vía telemática.

Certificado de Últimas Voluntades

Independientemente de si nos encontramos ante una sucesión testada como intestada, lo segundo que hay que hacer es obtener el certificado de últimas voluntades para saber si el fallecido realizó o no realizó testamento. Su solicitud debe hacerse de forma presencial en el Ministerio de Justicia, por correo dirigido al Registro General de Actos de Última Voluntad, o por internet en la página del Ministerio de Justicia. La solicitud no podrá presentarse hasta que hayan transcurrido 15 días hábiles sin contar el del día del fallecimiento, ni sábados, domingos ni festivos.

Certificado de Defunción, Libro de Familia y Certificado de Actos de Última Voluntad

Para el caso de una sucesión intestada, cuando el fallecido no hizo testamento, es necesaria la certificación literal de fallecimiento, el libro de familia y el certificado de últimas voluntades (que acredita y certifica que la persona fallecida no otorgó testamento).

Certificado de Seguros

El siguiente paso para tramitar una herencia corresponde a la obtención del certificado de seguros con coberturas de fallecimiento, que sirve para determinar si el fallecido tenía algún seguro de vida contratado y con qué entidad o aseguradora. Podrá solicitarse una vez transcurridos quince días hábiles desde la fecha del fallecimiento mediante vía electrónica a través de un formulario disponible en la página del ministerio.

Copia Autorizada del Testamento o Declaración de Herederos

Si el certificado de últimas voluntades certifica que el fallecido dejó testamento, además de realizar todos los tramites de la herencia anteriores, también será necesario obtener una copia autorizada del testamento, y para ello será necesario acudir a la notaría que indica el certificado de últimas voluntades y solicitar una copia autorizada.

Por el contrario, si el certificado de últimas voluntades certifica que el fallecido no dejó testamento, será necesario acudir a una notaría para solicitar una declaración de herederos, si la vinculación con el fallecido es de parentesco, o al juzgado de primera instancia, si existe vinculación de parentesco.

La declaración de herederos se realizará en el lugar en que hubiera tenido el causante su último domicilio o residencia habitual, donde estuviera la mayor parte de su patrimonio, o en el lugar en que hubiera fallecido. Además, será necesario contar con dos testigos para que el notario pueda levantar acta declarando la condición de heredero.

Una vez realizados estos trámites, el notario levanta un acta por el que declara herederos del fallecido a quienes ostenten y hayan acreditado tal condición.

Escritura de Adjudicación de Herencia

Posteriormente a la declaración de herederos, el siguiente paso para tramitar una herencia será la realización de una escritura, también notarial, de adjudicación de bienes en herencia. En ella se detallará la relación de los bienes y derechos propiedad del causante (fallecido) y la asignación de los mismos entre los herederos. También incluye el denominado cuaderno particional, que recoge la identificación de todos los interesados en la herencia, el inventario de bienes, así como las posibles deudas del fallecido y las adjudicaciones que se hacen a cada heredero o legatario.

Finalmente, si el fallecido dejara testamento, el causante es el que designa los herederos y aquellas personas que van a recibir sus bienes y derechos.

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